Quién
se beneficia ?
Las
incluidas en la normativa general así como sus entidades
representativas:
Empresas con razón social o domicilio fiscal en Catalunya.
Las empresas beneficiarias pueden ser agrarias, industriales o
de servicios. En caso de empresas de servicios que representen
a otras empresas, la solicitud se formalizará y se concederá
en beneficio de la empresa representada. En el caso de grupos
empresariales en los cuales una de las empresas asuma la tarea
comercial, esta podrá solicitar su participación
en los programas del Consorcio, justificando su vinculación
con las empresas agrarias, industriales o de servicio del grupo.
Como norma general, las empresas beneficiarias deberán
justificar una facturación en el año anterior al
de la solicitud superior a los 250.000 €, o un volumen de
exportación superior a 60.000 €
Beneficios,
importe y porcentaje máximo
Para
la creación o rediseño de webs presénciales,
el beneficiario recibirá un incentivo del 30% con un máximo
de 700 €, sobre el coste del proyecto.
Para la creación o implementación de una web B2C/B2B
y para la promoción explícita de un proyecto web
en Internet, el beneficiario recibirá un incentivo del
30% con un máximo de 3000 €, sobre el coste del proyecto.
La web será enlazada a la Fira Virtual de lexportador
Características
mínimas de la web para poder solicitar la ayuda
La
web dispondrá, como mínimo, de una dirección
de correo electrónico de contacto con el departamento comercial
de la empresa.
La web dispondrá como mínimo de una versión
integral en lengua catalana y otra en un idioma internacional
no oficial en el estado español.
Dispondrá de dominio propio (p.e.: www.empresa.com)
La empresa estará claramente identificada en la web (dirección,
teléfono, fax, población...).
La web no tendrá paginas de primer y segundo nivel en construcción.
El alojamiento de la web se podrá realizar en los servidores
afiliados al COPCA (NelicNet)
Categorías
web
Aspectos
cualitativos de la web presencial. Se entenderán como página
web presencial aquellas webs que cumplan como mínimo una
de estas características:
Web presencial con secciones y apartados múltiples.
Web presencial/catálogo sin herramientas de gestión.
Web presencial/catálogo que disponga de un sistema de pedido
on-line sin transacción económica final.
Aspectos cualitativos de webs B2C/B2B y promoción explícita
de un proyecto web en Internet. Se entenderán como páginas
webs B2C/B2B y promoción explícita de un proyecto
web en Internet, aquellas que cumplan como mínimo una de
estas características:
Utilización de herramientas de gestión para el mantenimiento
de la web y programas.
Solución de comercio electrónico con plataforma
de pago.
Implementación de intranets/extranets para optimizar la
gestión de la empresa.
Promoción explicita de la web en Internet.
Desarrollo de B2B y B2C.
Concesión
de ayudas
Junto
con la solicitud se deberá añadir la documentación
siguiente:
Impreso
de solicitud debidamente formalizado.
Memoria descriptiva del proyecto.
Los presupuestos desglosados de la actividad a realizar.
Documento que justifique el registro del dominio propio.
Fotocopia del DNI del suscritor de la solicitud y el último
recibo satisfecho del impuesto de actividades económicas
Solicitud de transferencia bancaria debidamente diligenciada por
la entidad financiera.
Una vez presentada la solicitud y comprobados los requisitos,
el Consorcio tramitará a la empresa o entidad miembro beneficiaria:
Comunicación
de otorgamiento del incentivo.
Documento de solicitud de alta a retornar en el momento de la
liquidación para la empresa o entidad beneficiaria en el
cual se indicarán la información necesaria para
realizar el enlace con "Products and services from Catalonia."
Una vez la web este publicada en Internet, la empresa deberá
retornar relleno el documento de solicitud de alta y enviar las
facturas y comprobantes de realización y alojamiento de
la web.
La empresa deberá de facilitar los datos indispensables
para la comprobación del proyecto (p.e. login y password).
Conceptos
subvencionables
Diseño,
creación y rediseño de la web, traducciones, fotografías,
reserva de dominio, primeros doce meses de alojamiento, promoción
de la web (se excluye la conectividad i el correo electrónico).
El Consorcio enlazará y validará la web en la Fira
y realizará la liquidación de las ayudas. El Copca
se reserva el derecho a considerar anulada la ayuda en caso de
desaparición de la web, en caso que no considere sus contenidos
de promocionales o comerciales o en caso que la web no cumpla
alguna de las características necesarias para recibir la
ayuda.
No podrán recibir la ayuda los beneficiarios que hayan
recibido soporte económico en el mismo programa del año
anterior al de la solicitud.