SUBVENCIONES

COPCA >Consorci de Promoció Comercial a Catalunya


Concesión de ayudas para favorecer la presencia de las empresas en Internet con el objetivo de impulsar las iniciativas que lleven a cabo las empresas para la promoción y comercialización de sus productos, servicios o imagen mediante la confección, optimización y/o promoción de páginas web.

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No hace falta que lo lea, se la tramitamos nosotros

Quién se beneficia ?
Las incluidas en la normativa general así como sus entidades representativas:

Empresas con razón social o domicilio fiscal en Catalunya.
Las empresas beneficiarias pueden ser agrarias, industriales o de servicios. En caso de empresas de servicios que representen a otras empresas, la solicitud se formalizará y se concederá en beneficio de la empresa representada. En el caso de grupos empresariales en los cuales una de las empresas asuma la tarea comercial, esta podrá solicitar su participación en los programas del Consorcio, justificando su vinculación con las empresas agrarias, industriales o de servicio del grupo.
Como norma general, las empresas beneficiarias deberán justificar una facturación en el año anterior al de la solicitud superior a los 250.000 €, o un volumen de exportación superior a 60.000 €


Beneficios, importe y porcentaje máximo
Para la creación o rediseño de webs presénciales, el beneficiario recibirá un incentivo del 30% con un máximo de 700 €, sobre el coste del proyecto.
Para la creación o implementación de una web B2C/B2B y para la promoción explícita de un proyecto web en Internet, el beneficiario recibirá un incentivo del 30% con un máximo de 3000 €, sobre el coste del proyecto.
La web será enlazada a la ‘Fira Virtual de l’exportador’


Características mínimas de la web para poder solicitar la ayuda
La web dispondrá, como mínimo, de una dirección de correo electrónico de contacto con el departamento comercial de la empresa.
La web dispondrá como mínimo de una versión integral en lengua catalana y otra en un idioma internacional no oficial en el estado español.
Dispondrá de dominio propio (p.e.: www.empresa.com)
La empresa estará claramente identificada en la web (dirección, teléfono, fax, población...).
La web no tendrá paginas de primer y segundo nivel en construcción.
El alojamiento de la web se podrá realizar en los servidores afiliados al COPCA (NelicNet)


Categorías web
Aspectos cualitativos de la web presencial. Se entenderán como página web presencial aquellas webs que cumplan como mínimo una de estas características:
Web presencial con secciones y apartados múltiples.
Web presencial/catálogo sin herramientas de gestión.
Web presencial/catálogo que disponga de un sistema de pedido on-line sin transacción económica final.

Aspectos cualitativos de webs B2C/B2B y promoción explícita de un proyecto web en Internet. Se entenderán como páginas webs B2C/B2B y promoción explícita de un proyecto web en Internet, aquellas que cumplan como mínimo una de estas características:
Utilización de herramientas de gestión para el mantenimiento de la web y programas.
Solución de comercio electrónico con plataforma de pago.
Implementación de intranets/extranets para optimizar la gestión de la empresa.
Promoción explicita de la web en Internet.
Desarrollo de B2B y B2C.


Concesión de ayudas
Junto con la solicitud se deberá añadir la documentación siguiente:

Impreso de solicitud debidamente formalizado.
Memoria descriptiva del proyecto.
Los presupuestos desglosados de la actividad a realizar.
Documento que justifique el registro del dominio propio.
Fotocopia del DNI del suscritor de la solicitud y el último recibo satisfecho del impuesto de actividades económicas
Solicitud de transferencia bancaria debidamente diligenciada por la entidad financiera.

Una vez presentada la solicitud y comprobados los requisitos, el Consorcio tramitará a la empresa o entidad miembro beneficiaria:

Comunicación de otorgamiento del incentivo.
Documento de solicitud de alta a retornar en el momento de la liquidación para la empresa o entidad beneficiaria en el cual se indicarán la información necesaria para realizar el enlace con "Products and services from Catalonia."
Una vez la web este publicada en Internet, la empresa deberá retornar relleno el documento de solicitud de alta y enviar las facturas y comprobantes de realización y alojamiento de la web.
La empresa deberá de facilitar los datos indispensables para la comprobación del proyecto (p.e. login y password).

Conceptos subvencionables
Diseño, creación y rediseño de la web, traducciones, fotografías, reserva de dominio, primeros doce meses de alojamiento, promoción de la web (se excluye la conectividad i el correo electrónico).
El Consorcio enlazará y validará la web en la ‘Fira’ y realizará la liquidación de las ayudas. El Copca se reserva el derecho a considerar anulada la ayuda en caso de desaparición de la web, en caso que no considere sus contenidos de promocionales o comerciales o en caso que la web no cumpla alguna de las características necesarias para recibir la ayuda.
No podrán recibir la ayuda los beneficiarios que hayan recibido soporte económico en el mismo programa del año anterior al de la solicitud.



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